INCORPORACION DEL PLAZO DE DURACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN SUPLEMENTARIA EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO.

dc.contributor.advisorCruz Vegas, Guillermo Alexander
dc.contributor.authorRíos Landauro, Gabriela Nicol
dc.contributor.authorRamos Bartra, Richard Evers
dc.date.accessioned2021-08-03T17:07:03Z
dc.date.available2021-08-03T17:07:03Z
dc.date.issued2021
dc.description.abstractNuestra investigación se desarrolló dentro del área del derecho procesal penal y específicamente en el proceso penal común y dentro de este a la etapa intermedia, pues se centró en establecer ante un pedido de sobreseimiento y previa oposición del actor civil, la existencia de una investigación suplementaria ordenada por el juez, si este así lo cree conveniente, sin embargo, se planteó la problemática que surge en función de la duración de esta figura procesal, pues existe en la ley un vacío en cuanto a la extensión de su plazo de duración, en ese sentido, se planteó como enunciado del problema el siguiente: ¿Qué criterio jurídico se debe tomar en cuenta para establecer el plazo de duración de la investigación suplementaria, ante la ausencia de regulación legal en el código procesal penal?, luego de analizar la legislación, doctrina y jurisprudencia, se llegó a establecer, mediante el método hermenéutico y deductivo en función a ese material de estudio, la validación de nuestra hipótesis y se comprobó que: El criterio jurídico debe ser la interpretación sistemática del articulo 346 (que regula la Investigación suplementaria) con artículo 343 (que regula las formas de conclusión de la investigación preparatoria); para establecer que la investigación suplementaria solo será posible cuando el fiscal concluyó la investigación preparatoria sin agotar los plazos legales, siendo, por tanto, la duración del plazo de la investigación suplementaria como máximo, el tiempo restante que no usó el fiscal en la investigación preparatoria, siempre y cuando sea este un plazo razonable.es_PE
dc.description.abstractNuestra investigación se desarrolló dentro del área del derecho procesal penal y específicamente en el proceso penal común y dentro de este a la etapa intermedia, pues se centró en establecer ante un pedido de sobreseimiento y previa oposición del actor civil, la existencia de una investigación suplementaria ordenada por el juez, si este así lo cree conveniente, sin embargo, se planteó la problemática que surge en función de la duración de esta figura procesal, pues existe en la ley un vacío en cuanto a la extensión de su plazo de duración, en ese sentido, se planteó como enunciado del problema el siguiente: ¿Qué criterio jurídico se debe tomar en cuenta para establecer el plazo de duración de la investigación suplementaria, ante la ausencia de regulación legal en el código procesal penal?, luego de analizar la legislación, doctrina y jurisprudencia, se llegó a establecer, mediante el método hermenéutico y deductivo en función a ese material de estudio, la validación de nuestra hipótesis y se comprobó que: El criterio jurídico debe ser la interpretación sistemática del articulo 346 (que regula la Investigación suplementaria) con artículo 343 (que regula las formas de conclusión de la investigación preparatoria); para establecer que la investigación suplementaria solo será posible cuando el fiscal concluyó la investigación preparatoria sin agotar los plazos legales, siendo, por tanto, la duración del plazo de la investigación suplementaria como máximo, el tiempo restante que no usó el fiscal en la investigación preparatoria, siempre y cuando sea este un plazo razonable.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.identifier.urihttp://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/531
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Privada de Trujilloes_PE
dc.publisher.countryPE
dc.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2es_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_PE
dc.sourceUniversidad Privada de Trujilloes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UPRITes_PE
dc.subjectCÓDIGO PROCESAL PENALes_PE
dc.subject.ocde5.05.01es_PE
dc.titleINCORPORACION DEL PLAZO DE DURACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN SUPLEMENTARIA EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL PERUANO.es_PE
dc.typehttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fes_PE
dc.type.versionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a683es_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Privada de Trujillo, Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE

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